Protección de Datos Personales

REGULACIÓN DE LA NEUTRALIDAD DE LA RED EN MÉXICO

RODRIGO ALFONSO CANTÚ PEÑA La neutralidad de la red es un principio del internet que tiene como objetivo el garantizar que todos los internautas tengan un acceso libre y de calidad, sin discriminación, al internet. La neutralidad de la red se encarga de regular que las empresas que prestan el servicio de banda ancha, no rastreen los movimientos del usuario, limiten el contenido al que tienen acceso o la velocidad con la que se puede acceder a una página web o aplicación. Es decir, se regula que el internauta pueda acceder a todo el contenido que quiera (dentro del marco legal), sin que la prestadora del servicio se lo pueda limitar. Además, prohíbe a las empresas prestadoras de servicios de limitar la velocidad y calidad del internet con el que se puede ingresar a las páginas de internet o aplicaciones. Un ejemplo de lo anterior se daría cuando: Digamos que existen en el mercado dos sitios web que se dedican a vender espacio de almacenamiento en la nube. Si no se regula la neutralidad de la red, se le permitiría al prestador de servicios (Telcel, Movistar, At&T, etc.), controlar la velocidad con la que el usuario puede acceder a la página web, así, el sitio web de una empresa puede tardar 2 segundo en actualizarse y mostrarse en pantalla al usuario, mientras que la otra evidentemente, tiene un impacto negativo en el mercado y desincentiva la creación e innovación de nuevos negocios, además de que limita nuestro libre acceso y uso del internet. ¿Cómo se regula la neutralidad de la red? Chile fue, en el 2010, el primer país en regularla, y después le siguieron: Brasil, Colombia, Perú y la Unión Europea. Estados Unidos lo comenzó a regular en el 2015, a pesar de ello, en el 2017 eliminaron dichas regulaciones por temor a que se controle el uso del internet, no obstante que la neutralidad de la red pretende hacer lo contrario, otorgar un acceso libre y de calidad a la red. En México, desde la reforma del 2014 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiofusión, se le ordenó al Instituto Federal de Telecomunicaciones emitir el reglamento para regular la neutralidad de la red en el país. No obstante eso, 6 años después, aún no emiten el reglamento, pues actualmente aún se encuentra en la etapa de consulta pública. En la actualidad solo existe un anteproyecto, pero debemos de cuidar que este respete el objetivo de la neutralidad de la red, pues de lo contrario, se podrá limitar el contenido al que tenemos acceso y se podrá bloquear contenido por parte de los prestadores de servicio sin que medie razón para ello. Debemos de estar pendientes de como continúa el proceso del mencionado reglamento y que este, en efecto, sí cumpla con los objetivos del principio de neutralidad de la red.

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Redes Sociales y el uso de nuestra información personal

RODRIGO ALFONSO CANTÚ PEÑA Actualmente, en México, existen poco más de 80 millones de internautas, esto según el INEGI. De esos 80 millones de internautas, cerca de 77 millones son usuarios activos de las redes sociales (Facebook, Twitter, Instagram, LinkedIn, YouTube, etc.), quienes para usar las aplicaciones tuvieron que crearse una cuenta, compartiendo datos personales, tales como: nombre y apellidos, edad, número de teléfono, dirección de correo, ubicación, que si bien no es la dirección exacta del domicilio, si cuando menos la región (municipio). Además, las aplicaciones cuentan con acceso a otra información contenida en nuestros teléfonos, como podría ser contactos, fotos, e incluso, al GPS para poder determinar nuestra ubicación. Si bien, las aplicaciones no tienen la intención de hacer mal uso de nuestra información, pues lo que piden, en muchos casos, es necesario para un funcionamiento integral de la aplicación; lo cierto es que tienen acceso a mucha información confidencial o privada de muchas personas, y no solo en México, sino que sucede así en todo el mundo. En este sentido, debemos de saber que, si bien, las empresas no venden nuestra información a terceros, sí la usan para enviar publicidad personalizada a los usuarios, vendiendo espacios publicitarios a terceros. Las redes sociales almacenan (con asistencia de inteligencia artificial) todos los movimientos que realizamos en las aplicaciones y esto, en conjunto con la información personal que proporcionamos, resulta en un anuncio de publicidad personalizado para cada usuario. Es decir, las empresas deciden anunciarse en redes sociales ya que, estas, utilizando los datos personales de sus usuarios, pueden mandar una publicidad específica en el momento idóneo a cada usuario, haciendo así, más dinero. En resumidas cuentas, quien más información tenga del usuario, es quien más lucra. No debemos de perder de vista que, en este tipo de empresas, a pesar de que sus servicios son gratuitos para todo usuario, son de las más lucrativas en el mundo, esto sucede así, ya que, el producto es nuestra información y el cliente es quien decide anunciarse en redes. Ante esto, debemos de optar por regulaciones más estrictas en el manejo de nuestra información personal y en el tipo de publicidad permitida para cada usuario. Además, debería de analizarse la posibilidad de establecer un impuesto (con fines extra fiscales) que pretenda gravar la información (de usuarios) almacenada por estas empresas, para así desincentivar el uso y manejo de esta información.

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