UN LLAMADO DE AJUSTE ORGANIZACIONAL PARA LAS AUTORIDADES RESPONSABLES DE NATURALEZA JURISDICCIONAL

JESÚS ALBERTO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ

El pasado 28 de abril de 2020, en sesión pública a distancia, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la contradicción de tesis 275/2018.

El ponente fue el Ministro Pardo Rebolledo, quien propuso que en el cómputo de los plazos para que las autoridades responsables (jurisdiccionales) actúen en el juicio de amparo, deben descontarse los días que conforme a su normatividad fueron señalados como inhábiles. Al respecto, sostuvo que dichas autoridades se encuentran impedidas material y jurídicamente para llevar a cabo sus actuaciones en esos días. 

Sin embargo, por mayoría de 6 votos se rechazó el proyecto, y prevaleció el criterio contrario; es decir, se sostuvo la postura consistente en que los días inhábiles de los órganos jurisdiccionales que tienen el carácter de autoridad responsable, no se deben descontar del cómputo de los plazos en los juicio de amparo, pues dicho cálculo solo se puede regir por la regulación aplicable a los juzgadores de amparo.  

Entre los argumentos de los Ministros de la mayoría se observaron los siguientes: que el juicio de amparo se caracteriza por su celeridad; que en el cómputo de plazos no se debe realizar una diferenciación injustificada entre las partes; que las autoridades responsables carecen de competencia para alterar los plazos del juicio de amparo; y, que la eficacia del juicio de amparo, como medio de control constitucional, se vería diluida si se permitiera a los órganos controlados (autoridades responsables) modificar los plazos respectivos.

La indicada resolución de la Corte, sin duda trascenderá en la actual organización de las autoridades jurisdiccionales, particularmente en lo que respecta a sus periodos vacacionales, toda vez que deberán implementar las medidas y ajustes necesarios que les permitan, en dichos lapsos, desahogar su participación en los juicios de amparo en los que tienen el carácter de autoridades responsables. Por ejemplo, deberán adecuar lo necesario para recibir notificaciones, rendir informes previos y justificados, así como cumplimentar los requerimientos que se les formulen.