Dr. Efrén Vázquez Esquivel
Las asignaturas transversales de carácter formativo de más larga tradición en la enseñanza del derecho en México son: la Filosofía del derecho, la Sociología y la Economía política. De la primera me ocupé en una de las secciones anteriores; ahora, en esta y la que sigue, haré lo mismo con la Sociología, en específico con la Sociología jurídica, para después analizar la asignatura de Economía política.
Para comenzar debo decir que en México la Filosofía del derecho y la Sociología tienen en el filósofo cristiano Antonio Caso Andrade, 1883-1946, a su primer impulsor y promotor. Ello como profesor que fue de estas asignaturas desde la fundación de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), en fecha 22 de septiembre de 1910; es decir, dos meses antes de que iniciara la Revolución Mexicana en cabezada por Francisco I. Madero.
El campo de la Sociología no era de su principal interés; no obstante, en el año de 1927 publicó Sociología genética y sistemática, obra que a decir de sus seguidores nunca dio por terminada. Sin embargo, su influencia en la enseñanza de la Sociología fue decisiva hasta después de su muerte, ya que durante los años de la década de los 60´s del siglo XX dicha asignatura aparece en diversas mayas curriculares de diferentes carreras que se imparten en la UNAM.
Pero hay algo más que quisiera dejar claro: en México la Sociología enfocada específicamente al estudio de los fenómenos jurídicos, lo mismo que la enseñanza de esta rama de la Sociología, a saber: la Sociología jurídica, conocida también como Sociología del derecho, aparece hasta la década de los 80’s del siglo pasado.
En cuanto al enfoque sociológico de la obra de Antonio Caso es, como lo sugiere el título de la citada obra, genealógico y sistematizador: muestra una visión global de la acción social de los pueblos a través de la historia: Culturas, costumbres, creencias, mitos, etc., no se trata de una obra enfocada concretamente a los fenómenos jurídicos.
En efecto, la sociología jurídica tarda en aparecer en México. Ello como consecuencia de que es hasta los años de la década de los 70’s cuando aparecen las primeras obras sociológicas de especialistas. Los que de inmediato recuerdo son a Roger Bertra con Estructura agraria y clases sociales en México, publicada en 1974, y a Raúl Bajar Navarro con su obra Cultura nacional, cultura popular y extensión universitaria, publicada en 1979.
La atención puesta específicamente a la investigación y enseñanza de la Sociología jurídica en México aparece hasta los primeros años de la década de 1980 con la publicación, en 1984, de la obra Los conflictos sociales y la administración de la justicia en México, del jurista y sociólogo alemán y profesor de la Universidad de Bremer, Volkmar Gasear.
Cabe referir que la mencionada obra de Gessner se conoció en lengua alemana desde 1974, ya que cuatro años antes, durante 1969 y 1960, con el apoyo de Héctor Fix-Zamudio realizó en diferentes partes de México el trabajo empírico. No obstante, no fue sino hasta 1983 cuando aparece una primera publicación en español de esta obra.
Esto es lo que nos dice el autor citado en la introducción a la edición mexicana. Probablemente se trató de una edición reducida, porque no es sino hasta el año de 1984 en el Primer Encuentro Internacional de Teoría Jurídica Contemporánea, organizado por la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla y Crítica Jurídica, A. C., cuando Los conflictos sociales y la administración de la justicia en México aparece publicada por la UNAM como primera edición, haciéndosele en ese evento académico una presentación.
No sé a ciencia cierta a quien se le puede considerar como fundador de la Sociología jurídica en México, podría ser Lucio Mendieta y Núñez con su obra El derecho precolonial, publicada en 1937, no sé en verdad; pero lo que sí me consta, porque por muchos años participé como ponente en eventos académicos nacionales e internacionales en los que participaron prominentes integrantes del movimiento crítico del derecho de diferentes países, es que, sin duda Gessner influyó de manera muy considerable en algunos juristas mexicanos para incursionar en el campo de la Sociología jurídica, entre otros Óscar y Florencia Correas Vázquez y Héctor Fix-Fierro. Los cuatro lamentablemente han fallecido y los recuerdo con gran aprecio y respeto.
Después de Volkmar Gessner fue el “Instituto Internacional de Sociología Jurídica de Oñati”, España, institución fundada el año de 1988 dedicada a la investigación de la sociología jurídica y a la formación de sociólogos del derecho, del cual Gessner fue Director Científico a principio del nuevo milenio, el que en mucho ha contribuido a impulsar la sociología jurídica en México y los demás países latinoamericanos.
Pues bien, consideré conveniente antes de analizar en las mallas curriculares el enfoque que se otorga a la asignatura que aquí me ocupa, ahondar un poco en sus antecedentes con el propósito de ver más adelante cómo los fenómenos sociales, de manera específica los de naturaleza jurídica, influyen sobre el derecho, y cómo el derecho influye o puede influir sobre los diversos fenómenos sociales.
Por último, por ahora, en la maya curricular de la licenciatura en derecho de la Facultad de Derecho y Criminología de la Universidad Autónoma de Nuevo León aparece en el Área curricular de formación inicial de introducción a la profesión la asignatura Tópicos selectos de sociología; en el anterior plan de estudios era Sociología jurídica.