INTERES DEL MENOR

Lic. Viviano Villareal

                        En distintos criterios y precedentes la Suprema Corte y Tribunales Federales han superpuesto el interior superior del menor, sobre distintos derechos que se han esgrimido, oponiéndolos a ese interés superior.

                        Esta jerarquización fue adoptada a raíz de lo pactado en la Convención Sobre los Derechos del Niño, pero más que todo por lo resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos del año 2009, en el caso de la desaparición forzada del señor Rosendo Radilla Pacheco.

                        Con motivo de este fallo, Radilla Pacheco, la estructura jurídica mexicana fue reorganizada, se revaloró el contenido del artículo 133 constitucional, se modificaron los primeros dos artículos de la Carta Fundamental, para establecer que los individuos en la República Mexicana gozan de los Derechos Humanos reconocidos (que no concedidos) por la Constitución y los Tratados Internacionales.

                        El artículo 12 (12.1 y 12.2) de la aludida Convención Sobre los Derechos del Niño, la obligación de hacer escuchar al niño, en procedimientos judiciales o administrativos que afecten sus intereses.  

                        Estos preceptos que son Ley Suprema en toda la Unión, son, lamentablemente, de los más violentados en todo nuestro sistema jurídico nacional; a diario, en todos los Tribunales se violentan estos dos dispositivos, se transgreden, sin que a los órganos jurisdiccionales les preocupe en lo más mínimo pisotearlos una y otra vez.

                        En los juicios mercantiles escritos u orales, es de lo más habitual debatir el pago de monetario y como trasfondo, hacer efectivo ese adeudo, sobre un bien inmobiliario destinado por lo regular a la vivienda, con familias y/o menores en esa habitación.

                        Es evidente que, en México, los intereses de los Acreedores y de los Bancos, son figura sacramental, como el más sagrado de los símbolos religiosos de cualquier credo, por lo mismo, exigir en un juicio mercantil el respeto de lo exigido por la Convención Sobre los Derechos del Niño, es más utópico que encontrar agua dulce en medio de la vastedad oceánica.

                        En México, son ventilados todo tipo de juicios mercantiles, despojadas incontables familias, lanzadas a la calle, privadas de sus viviendas, sin que a nadie le preocupe los derechos de los menores afectados, cuyos derechos únicamente existen documentalmente, más no en la tangible realidad.